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Por acuerdo del Comité de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, además de la notificación para la entrega de información al peticionario, se habilitará un sistema de notificación electrónica, en el cual se publicarán aquellas notificaciones que no fueron posibles de realizar mediante el correo electrónico proporcionado por los solicitantes, mismas que tendrán una vigencia de un mes a partir de su difusión en dicho medio.
En el supuesto de inactividad del solicitante, se procederá al archivo del expediente correspondiente.
Texto de la Resolución