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Comunicado Tema
Comunicado 018 Para el financiamiento en materia educativa concurren el Poder Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa: Primera Sala.
Comunicado 017 La Primera Sala atrae un asunto que podría permitir determinar si prescribe el delito de abuso sexual cuando se comete en contra de menores de edad.
Comunicado 016 A la luz del derecho a la reparación integral y justa indemnización, las víctimas u ofendidos de un delito pueden demandar la responsabilidad civil después de la celebración de un acuerdo reparatorio para concluir un proceso penal: Primera Sala.
Comunicado 015 Inconstitucional que Ley del ISSSTE suspenda pensión por ascendencia a quien, por obtener un nuevo empleo, goce de un régimen de seguridad social diverso.
Comunicado 014 Suprema Corte invalida requisitos para acceder al cargo de titular del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.
Comunicado 013 SCJN invalida disposición de la Ley de Salud de Yucatán que establecía que la información y orientación en materia de planificación familiar que se otorgue en comunidades indígenas deberá proporcionarse en español y lengua maya, excluyendo a otras lenguas indígenas minoritarias en la entidad.
Comunicado 012 Debemos conectar con el dolor de las mujeres y las niñas víctimas de trata. Es la única forma de hacer diferencia: Ministro Arturo Zaldívar.
Comunicado 011 SCJN determina que no era necesaria una consulta previa a las comunidades indígenas sobre una disposición de la Ley de Salud de Yucatán que establece las lenguas en las que se debía entregar información sobre planificación familiar.
Comunicado 010 SCJN inició el análisis de disposición de la Ley de Salud de Yucatán que establece que la información y orientación en materia de planificación familiar que se otorgue en comunidades indígenas deberá proporcionarse en español y lengua maya, siendo que existen otras lenguas indígenas minoritarias en la entidad.
Comunicado 009 Segunda Sala resuelve que la Ley del ISSSTE respeta el principio de seguridad jurídica al establecer las reglas que el Instituto debe seguir para otorgar beneficios a familiares por la muerte de un pensionado por incapacidad permanente total.