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TEMA:
INCORPORACIÓN DE DECLARACIONES EN PROCEDIMIENTO PENAL POR MEDIO DE LECTURA A CAUSA DE TRASTORNO MENTAL

TÍTULO

EL INCORPORAR LAS DECLARACIONES DE UNA PERSONA POR MEDIO DE SU LECTURA EN UN PROCEDIMIENTO PENAL, CUANDO NO PUEDA RENDIR SU TESTIMONIO PRESENCIALMENTE A CAUSA DE UN TRASTORNO MENTAL, NO VULNERA LOS PRINCIPIOS DE CONTRADICCIÓN E INMEDIACIÓN

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPAROS DIRECTOS EN REVISIÓN 1956/2019 Y 2112/2019

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIOS

SAUL ARMANDO PATIÑO LARA

RAMÓN EDUARDO LÓPEZ SALDAÑA

RESUMEN

El presente asunto tiene como origen un juicio en materia penal, en el que la fiscalía promovió un incidente para incorporar mediante lectura, las declaraciones de las víctimas en el procedimiento, en términos del artículo 386 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El referido incidente fue declarado fundado, dado que los peritos determinaron, entre otras cuestiones, que las víctimas sufrían de estrés postraumático. De esta forma, el tribunal de enjuiciamiento admitió la incorporación de las declaraciones de las víctimas por medio de su lectura, pues realizó una interpretación de los derechos de la víctima reconocidos en el artículo 20 de la Constitución federal y determinó que la excepción prevista en el Código Nacional citado también era aplicable a las víctimas, por lo que no vulnera los principios de contradicción e inmediación.

Seguidas diversas etapas en el procedimiento, las personas que fueron sentenciadas por el delito cometido en agravio de las víctimas promovieron diversos juicios de amparo, en los que el tribunal colegiado de conocimiento determinó negar la protección constitucional federal. Al no estar de acuerdo con esta decisión, las personas promoventes interpusieron recurso de revisión.

Así, el problema jurídico que analizó la Primera Sala consistió en determinar si la excepción contenida en el artículo 386, fracción I, del Código Nacional de Procedimientos Penales vulnera los principios de contradicción e inmediación, al autorizar la incorporación por lectura de las declaraciones de testigos cuando presenten un trastorno mental transitorio o permanente.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Declaraciones | Lectura | Trastorno | Contradicción | Inmediación