Resoluciones del Comité de Transparencia

Expediente: Clasificación de Información 39/2015-J      Folio(s): SSAI/00114915

Tema:

Expedientes Juicio de Amparo

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento hecho valer por la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación de Leyes, en los términos señalados en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe rendido por la Titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes.
TERCERO. Se declara la inexistencia de la totalidad de los expedientes de los juicios de amparo solicitados por el peticionario y que este propio indica que dieron origen a los diversos amparos en revisión del índice del Pleno de este Alto Tribunal identificados como
J-1873-02-06-CSJ-TP-TcJA-Mor-10671, J-1891-01-02-CSJ-TP-TcJAMx-50480, J-1893-05-04-SCJ-TP-TcJA-Mor-55872, J-1893-08-26-SCJ-TP-TcJA-Mor-55879, J-1897-08-23-SCJ-TP-TcJA-Mor-67518, J1898-09-02-SCJ-TP-TcJA-Mor-70775, J-1898-09-05-SCJ-TP-TcJAMor-70776, J-1898-12-21-SCJ-TP-TcJA-Mor-70781, J-1900-04-28-SCJ-TP-TcJA-Mor-76934 y J-1900-11-21-SCJ-TP-TcJA-Mor-76946, de conformidad a lo expuesto en la Consideración III de este fallo.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 40/2015-J      Folio(s): OCJC-76,       Folio(s): OCJC-81

Tema:

Sentencia Juicio de Amparo

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirman los informes de la Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala del Alto Tribunal y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo expuesto en la consideración III de esta clasificación de información.
TERCERO. Se clasifica como información temporalmente reservada el “dictamen pericial” requerido, en los términos señalados en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Se requiere al Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala del Alto Tribunal, por conducto de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, para que se pronuncie sobre la disponibilidad, modalidad y cotización de las sentencias dictadas en el juicio de amparo 2246/2008 del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, así como el acta de la audiencia constitucional de dos de abril de dos mil doce y los acuerdos de nueve de enero de dos mil nueve y dos de agosto de dos mil once, en términos de lo señalado en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 41/2015-J      Folio(s): SSAI/00099415

Tema:

Memorándum elaborado por Ministro SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación de Leyes

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento hecho valer por la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación
de Leyes, en los términos señalados en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe rendido por la Titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos del considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se requiere al Secretario General de Acuerdos en términos de lo expuesto en la última parte del considerando III de este fallo.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 42/2015-J      Folio(s): SSAI/00037415

Tema:

Incidentes de inejecución de sentencia SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala

Área responsable de la Información: Unidad de Relaciones Institucionales

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe del Secretario General de Acuerdos, en términos de lo expuesto en el
Considerando II.
SEGUNDO. Se confirman los informes del Secretario de Acuerdos de la Primera Sala, del Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala y de la Titular de la Unidad de Relaciones Institucionales, en términos de lo expuesto en el Considerando II.
TERCERO. Se declara la inexistencia de la información relativa al tipo de juicio de amparo y la naturaleza de las sentencias de amparo que han incumplido las autoridades responsables, de conformidad con lo señalado en el Considerando II.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 43/2015-J      Folio(s): SSAI/00223615

Tema:

Revisión Administrativa SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos
señalados en el Considerando II de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la documentación solicitada del expediente de la Revisión Administrativa 62/2015-PL constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando II de esta resolución.
TERCERO. Bríndese asesoría al peticionario, por conducto de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, a fin de que pueda consultar en la liga electrónica del portal de Internet de este Alto Tribunal el estado procesal en el que se encuentra la Revisión Administrativa
62/2015-PL, de conformidad con lo señalado en el Considerando II.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 44/2015-J      Folio(s): SSAI/00151015

Tema:

Amparo Directo Segunda Sala SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala

Área responsable de la Información: Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. En la materia de esta clasificación, se confirman los informes de la Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala del Alto Tribunal, de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo expuesto en la consideración III de la presente resolución.
TERCERO. Se declara la inexistencia de la información relativa a los problemarios, grado de dificultad, síntesis, versiones taquigráficas de sesiones previas y votos particulares, concurrentes, de minoría o aclaratorios del amparo directo 70/2014, en atención a lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Por conducto de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial póngase a disposición del peticionario la demanda de amparo, el proyecto de resolución y la resolución definitiva o engrose del amparo directo 70/2014, así como la liga electrónica en que se localizan las tesis que se elaboraron de dicho asunto, de conformidad con lo señalado en la consideración III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 45/2015-J      Folio(s): 0014

Tema:

Proyectos de contradicciones de tesis e incidente de inejecución SCJN.

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando III de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que los proyectos de resolución de las Contradicciones de Tesis 182/2014 y 188/2014, constituyen información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III de esta resolución.
TERCERO. Bríndese asesoría al peticionario, por conducto de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, a fin de que pueda consultar en la liga electrónica del portal de Internet de este Alto Tribunal el estado procesal en el que se encuentran las Contradicciones de Tesis
182/2014 y 188/2014, de conformidad con lo señalado en el Considerando III.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 46/2015-J      Folio(s): SSAI/00768215

Tema:

Amparo en revisión Primera Sala SCJN.

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe de la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma la clasificación de temporalmente reservado del expediente del amparo en revisión 548/2015, únicamente por lo que hace al “escrito inicial de demanda o de expresión de agravios”, en términos de lo señalado en la consideración II de esta clasificación.
TERCERO. Son inexistentes la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del amparo en revisión 548/2015, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Se requiere al Secretario de Acuerdos de la Primera Sala del Alto Tribunal, en atención a lo señalado en la parte final de la consideración II de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 47/2015-J      Folio(s): SSAI/00768515

Tema:

Facultad de atracción Primera Sala SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe de la Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma la clasificación de temporalmente reservado del expediente de la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 236/2015, con excepción de las resoluciones intermedias, en términos de lo señalado en la consideración II de esta clasificación.
TERCERO. Son inexistentes la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente de la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 236/2015, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Se requiere al Secretario de Acuerdos de la Primera Sala del Alto Tribunal, en atención a lo señalado en la parte final de la consideración II de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 48/2015-J      Folio(s): SSAI/00826215

Tema:

Incidente de incumplimiento sustituto SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala

Área responsable de la Información: Dirección General de Comunicación y Vinculación Social

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe emitido por el Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala, en los términos señalados en el Considerando II, apartado A, de la presente determinación.
SEGUNDO. Se confirma el informe emitido por el titular de la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social, en los términos señalados en el Considerando II, apartado B, de la clasificación que nos ocupa.
TERCERO. Se determina que el escrito inicial del Incidente de Cumplimiento Sustituto 3/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando II, apartado A, de esta resolución.
CUARTO. Se determina la inexistencia de la resolución definitiva, votos particulares o concurrentes, así como de la nota de prensa, relativos al Incidente de Cumplimiento Sustituto 3/2015, en términos de lo expuesto en el Considerando II de esta resolución.
QUINTO Se requiere al titular de la Secretaría de Acuerdos de la Segunda Sala para que rinda el informe de disponibilidad, clasificación y cotización del problemario y de las resoluciones intermedias que se hayan dictado en el Incidente de Cumplimiento Sustituto 3/2015, de conformidad con lo señalado en el Considerando II, apartado A, de la presente resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 49/2015-J      Folio(s): SSAI/00768315

Tema:

Amparo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando II de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda del amparo en revisión 545/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando II de esta resolución.
TERCERO. Se determina que el problemario, resolución definitiva, así como votos particulares o concurrentes en el amparo en revisión 545/2015, dada la etapa procesal en que se ubica el asunto, constituyen información inexistente, en términos de lo expuesto en el Considerando II de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 50/2015-J      Folio(s): SSAI/00768715

Tema:

Varios Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirman los informes del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes y de la Secretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración IV de esta resolución.
TERCERO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente de Varios 138/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, de la Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración IV de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 51/2015-J      Folio(s): SSAI/00774015

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando III de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda del amparo directo en revisión 3679/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se determina que el problemario, resolución definitiva, así como votos particulares o concurrentes en el amparo directo en revisión 3679/2015, dada la etapa procesal en que se ubica el asunto, constituyen información inexistente, en términos de lo expuesto en el Considerando III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 52/2015-J      Folio(s): SSAI/00774115

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3657/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 53/2015-J      Folio(s): SSAI/00774215

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3638/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, de la Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 54/2015-J      Folio(s): SSAI/00774315

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3606/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 55/2015-J      Folio(s): SSAI/00774415

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando III de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda del amparo directo en revisión 3593/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se determina que el problemario, resolución definitiva, así como votos particulares o concurrentes en el amparo directo en revisión 3593/2015, dada la etapa procesal en que se ubica el asunto, constituyen información inexistente, en términos de lo expuesto en el Considerando III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 56/2015-J      Folio(s): SSAI/00774515

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN.

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3574/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos, a la Subsecretaría General de Acuerdos y al Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 57/2015-J      Folio(s): SSAI/00774615

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3572/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 58/2015-J      Folio(s): SSAI/00774815

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN 58/2015-J13 Directo en Revisión 3470/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos, a la Subsecretaría General de Acuerdos y al Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución: