Recursos de Revisión - Requisitos

Recursos de Revisión
Requisitos

Requisitos para presentar el trámite

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS

 

Artículo 105. Los únicos requisitos exigibles en el escrito de interposición del recurso de revisión serán los siguientes:

  1. El área responsable ante quien se presentó la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO;

  2. El nombre de la persona que recurre o de quien la representa y, en su caso, de la persona que tiene el carácter de tercero interesado, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones;

  3. La fecha en que fue notificada la respuesta a la persona que recurre, o bien, en caso de falta de respuesta la fecha de la presentación de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO;

  4. El acto que se recurre y los puntos petitorios, así como las razones o motivos de inconformidad;

  5. En su caso, copia de la respuesta que se impugna y de la notificación correspondiente, y

  6. Los documentos que acrediten la identidad de la persona que recurre y, en su caso, la personalidad e identidad de la persona que la representa.



  7.  

Al recurso de revisión se podrán acompañar las pruebas y demás elementos que la persona que recurre considere procedente someter a juicio del Instituto o, en su caso, de los Organismos garantes.

 

En ningún caso será necesario que la persona que recurre ratifique el recurso de revisión interpuesto.