PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en el momento de los hechos, y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General citada, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente al momento de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción III, y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
24
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la época de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción III, y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32 y 33, fracción III de la citada Ley, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 77, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
23
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de la obligación prevista en los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de dicha norma, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
22
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la época de los hechos en relación el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por incumplimiento de los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la citada Ley General, en términos del considerando Cuarto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la comisión de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la citada Ley, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
21
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
20
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento a los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a) de dicha norma, en términos del considerando Séptimo de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, en
relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento a los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
18
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
17
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
16
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento a los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a) de dicha norma, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento a los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
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15
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), de la citada ley y en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
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PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
14
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
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PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la época de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Cuarto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la persona servidora pública ***** por su responsabilidad de la falta administrativa señalada, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
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PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso b), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los artículos 32, 33, fracción I, inciso b), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023
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PORIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2022
9
PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 7, fracciones I y VIII y 49, fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por la causa de responsabilidad administrativa materia del presente procedimiento, en atención al beneficio legal acreditado conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2022
8
PRIMERO. No se demostró la existencia de las faltas administrativas previstas en el artículo 110, fracción XVI, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los artículos 49, fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, imputadas a ***** y a *****. SEGUNDO. En consecuencia, no existe responsabilidad de ***** y ***** respecto de las faltas administrativas que se les imputaron en el presente procedimiento de responsabilidad.
2022
7
PRIMERO. No se demostraron los hechos que constituyen la falta administrativa prevista en el artículo 110, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los artículos 7, fracciones I, III, VII y VIII y 49, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ***** imputada a *****. SEGUNDO. En consecuencia, no se tiene por acreditada la responsabilidad de ***** respecto de las faltas administrativas que se les imputaron en el presente procedimiento de responsabilidad.
2022
6
PRIMERO. Se absuelve a ***** de la comisión de la falta administrativa imputada prevista en la fracción IV del artículo 49, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con los numerales 32 y 33, fracción II, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo expuesto en el considerando Sexto de la presente resolución, respecto de la presentación extemporánea de la declaración de modificación patrimonial del año dos mil dieciocho.
SEGUNDO. ***** es responsable de las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en relación con las fracciones III y IV -respecto a la declaración de modificación patrimonial del año dos mil diecinueve- del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
TERCERO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en relación con las fracciones III y IV - respecto a la declaración de modificación patrimonial del año dos mil diecinueve- del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 77 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2022
1
PRIMERO. No se demostró la existencia de las faltas administrativas previstas en el artículo 49, fracciones I y V, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con el artículo 7, fracción I, del mismo ordenamiento; numerales 5.9 y 5.12 del Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, así como los artículos 13 y 14 de las Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, imputas a *****. SEGUNDO. En consecuencia, no existe responsabilidad de ***** respecto de las faltas administrativas que se le imputaron en el presente procedimieno de responsabilidad administrativa.
Ficha de actualización, Responsabilidades administrativas, artículos sesenta y cinco, fracción decimoséptima de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
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