Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos: LGBTI+

Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 2806/2012

Tema

No discriminación

Sinópsis

Dos periodistas expresaron de forma discriminada contra personas homosexuales, palabras tales como "maricones" y "puñal".

La Primera Sala estableció que las expresiones homófobas constituyen manifestaciones discriminatorias y, en ocasiones, discursos del odio, y se encuentran excluidas de la protección constitucional para la libre manifestación de ideas. El empleo de los términos “maricones” y “puñal”, actualizó un discurso homófobo ya que mediante dichas expresiones se realiza una referencia a la homosexualidad, pero no como una preferencia sexual personal –válida en una sociedad democrática y plural-, sino como un aspecto de diferenciación peyorativa.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 457/2012

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

Este asunto alega la inconstitucionalidad por discriminación del artículo 143 del Código Civil de Oaxaca que establece que el matrimonio debe ser entre un solo hombre y una sola mujer y la omisión a la protección de las familias homoparentales establecida en el artículo 4to constitucional.

La Primera Sala determinó que la norma legal al restringir el matrimonio, solo al que se da entre un solo hombre y una sola mujer, atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 2/2010

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente caso se demandó la constitucional de algunas disposiciones del Código Civil del Distrito Federal, que establece que el matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua, pues se consideró discriminatorio.

El Pleno definió que ni la familia ni el matrimonio son conceptos inmutables, sino que deben responder a la transformación de la sociedad y, por tanto, todas las expresiones de familia están protegidas por la Constitución Federal. El concepto de matrimonio debe entenderse como una realidad social basada, fundamentalmente, en los lazos afectivos, sexuales y de identidad, solidaridad y compromiso mutuo de quienes desean tener una vida en común. La transformación y secularización de la sociedad ha resultado en una gran diversidad de formas de constituir una familia, que no necesariamente surgen del matrimonio entre un hombre y una mujer.

Datos de la Sentencia:
Amparo Directo 6/2008

Tema

Derecho a la privacidad

Sinópsis

Una persona solicitó un amparo contra la determinación del Sistema de Administración Tributaria (SAT) consistente en la asignación de una nueva clave del RFC que guarde concordancia sexo-genérica con el contribuyente por cambio de nombre en su acta de nacimiento, al considerarla una violación a los derechos de igualdad, no discriminación, privacidad, salud y dignidad humana contenidas en los artículos 1°, 4°, 14° y 16° de la Constitución Federal.

El Pleno estableció que se vulnera al derecho a la privacidad, al obligar a la persona que realiza un cambio de acta registral a evidenciar frente a terceros una condición que corresponde al fuero interno de la persona, por lo que se deben reservar la publicidad de los datos marginales y las constancias que revelen su condición de transexual y se ordene la expedición de un acta nueva. El reconocimiento de la identidad de género deberá hacerse en todos los documentos de la persona y solo se podrá acceder al acta primigenia a través de orden judicial.