Protocolos de actuación

La Constitución y los tratados internacionales establecen que toda persona, sin distinción, debe poder acceder a la justicia cuando considera que se le ha violado algún derecho. Sin embargo, en la práctica existen ciertos colectivos o grupos sociales que no tienen la posibilidad de ejercer ese derecho en la misma forma que el resto de la población, debido a la discriminación de la que han sido objeto históricamente. Por ejemplo, la población LGBT+, los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, las personas migrantes, las mujeres, entre otros.

Para hacer frente a esa situación de desventaja, la SCJN ha tomado distintas medidas. Una de ellas es la elaboración de los Protocolos de actuación para quienes imparten justicia, los cuales tienen como finalidad orientar a quienes imparten justicia sobre las particularidades, principios y estándares que deben observar cuando resuelven casos en los que se ven involucradas personas de determinados colectivos sociales, o bien, en aquellos asuntos que se refieren a hechos como la tortura y malos tratos o la implementación de proyectos de desarrollo e infraestructura. El fin último de este tipo de herramientas es garantizar que todas las personas accedan a la justicia en forma plena y en condiciones de igualdad.

Proceso de actualización

Los Protocolos de actuación para quienes imparten justicia son documentos que requieren ser actualizados. Ello se debe a que los criterios jurídicos que contienen se basan en normas y estándares que cambian de forma constante, debido a los avances en la interpretación de los derechos humanos, así como en la consolidación de mecanismos para su protección y garantía.

La Unidad General de Conocimiento Científico y Derechos Humanos es la encargada de esa actualización, la cual comprende dos fases. En la primera, se lleva a cabo un proceso consultivo en el que participan personas operadoras de justicia, del ámbito académico, de organizaciones de la sociedad civil, y de otros sectores relacionados con la aplicación del derecho sobre el tema del Protocolo respectivo. Dichas personas aportan sus observaciones, preocupaciones y recomendaciones respecto al Protocolo vigente. Con base en los resultados de tal consulta, la segunda fase consiste en realizar las adecuaciones necesarias al Protocolo para culminar con la publicación del documento actualizado.