Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos:
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 5081/2017
Tema
Derecho a la igualdad y no discriminación
Sinópsis
A una mujer se le suspendió el pago de viudez por haber contraído nuevas nupcias, le exigieron permanecer soltera para seguir recibiendo pensión por viudez.
La Segunda Sala resolvió que la norma que prevé la cancelación de la pensión de viudez otorgada a favor de la cónyuge o concubina cuando ésta contraiga nuevamente matrimonio o se una en concubinato, transgrede los derechos a la igualdad y no discriminación y a la seguridad social, toda vez que las aportaciones del trabajador buscan proteger sus deudos.
Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 371/2016
Tema
Derecho a la igualdad y no discriminación
Sinópsis
Un hombre solicitó pensión pero le fue negada porque le impusieron requisitos adicionales para obtener la pensión en comparación con las exigencias para mujeres, pues demanda que exista una incapacidad total y que hubiere dependencia económica respecto de la trabajadora asegurada fallecida.
La Segunda Sala estableció que la disposición reclamada otorga un trato diferenciado, tratándose si es varón o mujer, pues condiciona el otorgamiento de la pensión de viudez a que el viudo acredite su total incapacidad y su dependencia económica respecto de la trabajadora asegurada fallecida, mientras que no lo hace en relación con la mujer cuando es el hombre quien muere.
Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 4/2016
Tema
Derecho a la igualdad y no discriminación
Sinópsis
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 45, 47, 69 fracción I y 78 de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua.
El Pleno determinó decretar la invalidez impugnados por que violan los derechos de no discriminación, igualdad ante la ley, seguridad social, las bases mínimas en materia de seguridad social y el principio pro persona. Lo anterior, dado que las porciones normativas ponen en desventaja a un grupo de personas frente a otro al excluir al cónyuge varón para recibir pensión por viudez, y para la prestación de servicios médicos, a menos que se encuentre totalmente incapacitado física o mentalmente y que viva en el mismo hogar que la trabajadora. Además, uno de los artículos establece que se puede hacer exigible el pago de las cuotas de seguridad social al trabajador, incluso cuando por causas ajenas a éste se hubiera omitido hacerle el descuento correspondiente al patrón, lo cual invierte la carga del pago a los trabajadores.
Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 208/2016
Tema
Derecho a la igualdad y no discriminación
Sinópsis
Los padres de unas recién nacidas acudieron ante un juez para registrarlas primero con el apellido de la madre y después con el apellido del padre, sin embargo se le negó ese orden en los apellidos.
La Primera Sala estableció que no se encuentra justificado el limitar el derecho de los padres a decidir el orden de los apellidos de sus hijos, a partir de prejuicios o medidas que pretenden perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares. En consecuencia la porción normativa “paterno y materno” del artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal de declaró inconstitucional.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 5490/2016
Tema
Derecho a una vida libre de violencia
Sinópsis
Una mujer demandó de su cónyuge el divorcio y el pago de una justa indemnización derivada de la violencia intrafamiliar que padeció tanto ella, como su hijo.
La Primera Sala reconoció que las afectaciones patrimoniales y morales de las víctimas de violencia familiar deben ser reparadas económicamente de forma justa y proporcional a los daños sufridos. La violencia intrafamiliar constituye un hecho ilícito generador de responsabilidad civil porque los actos u omisiones comportan una conducta dañosa en la esfera física, emocional o psíquica de algún miembro de la familia, transgrediendo el derecho a vivir en un entorno familiar libre de violencia. De manera que, cuando se demande la reparación del daño patrimonial o moral que ha resentido una víctima de violencia intrafamiliar, deberán mostrarse los elementos de la responsabilidad civil, es decir, la existencia de un hecho ilícito y el daño y, además, debe mediar un nexo causal entre ambos. Sólo cuando se han probado esos elementos puede darse lugar a una indemnización económica.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 6181/2016
Tema
Derecho a vivir una vida libre de violencia
Sinópsis
Una mujer privó de la vida a su esposo, en primera instancia se le condeno responsable de homicidio calificado en razón de parentesco. La mujer interpuso recurso de apelación y se modificó la sentencia solo en el caso de la indemnización, por lo que decidió interponer juicio de amparo pues declaro ser victima de violencia familiar.
La Primera Sala concluyó que la violencia familiar afecta los derechos de las mujeres que la sufren y todos los ámbitos de su vida. En México muchas mujeres enfrentan riesgo de morir a manos de sus parejas, por lo tanto, es necesario que se analice la violencia familiar como una situación compleja, mediante el método de juzgar con perspectiva de género pues los argumentos planteados por la recurrente exigen el análisis de ciertos derechos humanos, ya que ella alega violencia perpetrada por su esposo. Este caso, involucra directamente el análisis al derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación, en términos de los artículos 1° y 4°, párrafo primero, de la Constitución Federal, así como de las obligaciones que se desprenden de las Convenciones de Belém do Pará y la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 3186/2016
Tema
Derecho a vivir una vida libre de violencia
Sinópsis
Un hombre, funcionario público del gobierno de la CDMX, asedió con fines sexuales a una mujer que era su subordinada. La mujer inició una averiguación previa por el delito de hostigamiento sexual, donde se declaró al funcionario penalmente responsable, sin embargo, el hombre interpuso amparo.
La Primera Sala confirmó que en los casos de violencia sexual contra la mujer, la declaración de la víctima del delito requiere un trato distinto o diferenciado, pues debe realizarse con perspectiva de género, ello a luz del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia consagrado en la Convención de Belém do Pará.
Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 644/2016
Tema
Derecho a una vida digna
Sinópsis
Una mujer privada de su libertad por ser sentenciada por los delitos de homicidio, secuestro y robo, contrajo matrimonio en prisión con un hombre sentenciado por los mismos delitos. De esta unión nació una niña que, al cumplir 3 años, se le prohibió seguir viviendo con su madre en el reclusorio.
La Primera Sala interpretó como válida la norma pero especificó que la ejecución de esta debe llevarse bajo algunos criterio. La remoción de la menor deberá ser gradual, progresiva y de manera sensible; deberá realizarse una evaluación minuciosa de las condiciones reales del caso, atendiendo siempre al interés superior del niño y tomando en consideración su crecimiento real y no solamente su edad biológica; se procurará que madre e hijo mantengan un contacto cercano, frecuente y directo, al máximo de las posibilidades de cada caso, tomando, también, en consideración el interés superior del niño, así como las necesidades del menor en el exterior; se tomará siempre en cuenta la opinión del niño o niña al separarlo de su madre y colocarlo con un cuidador alternativo, sin importar su edad. Son derechos de los niños el ser tomados en cuenta, evaluar su opinión en función de su madurez y justificar, en su caso, por qué no se tomará en consideración su opinión; finalmente, se deberá explicar a cada niño o niña, el por qué no puede permanecer al lado de su madre y tiene derecho a saber que podrá visitarla.
Datos de la Sentencia:
Contradicción de Tesis 422/2016
Tema
Derecho a la igualdad y no discriminación
Sinópsis
Una mujer reclamo un despidió de manera injustificada por estar embarazada.
La Segunda Sala determinó que en asuntos donde la trabajadora alegue como base del despido una discriminación por razón de género debido a su embarazo y al goce del periodo de licencia post parto, la carga de la prueba recae en la parte patronal que deberá acreditar la ausencia de tal discriminación; y por tanto, el ofrecimiento de trabajo pierde operatividad ante esta situación.
Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 85/2016
Tema
Sinópsis
La CNDH solicitó la invalidez del artículo 4, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, al considerarlo contrario a la Constitución Federal.
El Pleno de la SCJN invalidó una porción normativa del párrafo segundo del artículo en mención, que reconocía el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, ya que el legislador local carece de facultades para modificar el núcleo esencial del derecho a la vida; además, la regulación permitía restringir otros derechos fundamentales, especialmente de mujeres y personas gestantes, y la disposición vulneraba los principios de interdependencia e indivisibilidad.
Nota: Comunicado “SCJN invalida porción normativa de la Constitución de Veracruz que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”.