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Boletín electrónico
febrero de 2026
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En un hecho inédito,la Suprema Corte celebró, en Tenejapa, Chiapas, la primera Sesión Extraordinaria en Territorio, reafirmando que la justicia constitucional debe acercarse a los pueblos indígenas. Frente a autoridades tradicionales y habitantes de La Candelaria, el Pleno analizó un caso que evidenció la falta de procedimientos claros para reconocer jurídicamente a los gobiernos comunitarios y garantizar el ejercicio pleno del autogobierno indígena.
Más de dos mil personas llegaron desde la comunidad de La Candelaria y poblaciones cercanas para presenciar por primera vez una sesión del Pleno en su territorio. La explanada comunal se convirtió en un espacio donde autoridades tradicionales, mujeres y hombres con vestimenta ceremonial y representantes del estado atestiguaron un hecho sin precedente: la justicia constitucional resolviendo en el lugar donde se viven los derechos en disputa.
La Suprema Corte determinó que el Congreso de Chiapas incurrió en omisión legislativa al no establecer mecanismos eficaces para reconocer a las comunidades como sujetos de derecho público y formalizar su autogobierno. Ordenó legislar en un máximo de 180 días —una vez expedida la Ley General en la materia— y exigió al Gobierno estatal y al Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas adoptar medidas inmediatas dentro de un plazo de noventa días para garantizar el autogobierno y la entrega proporcional de recursos a La Candelaria. La sentencia será traducida a lengua tsotsil para asegurar su adecuada difusión.
Ve esta sesión histórica.
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La Carta Magna “abraza a los pueblos indígenas y afromexicanos, respalda los anhelos individuales y colectivos y se convierte en un pilar para alcanzar una justicia real y verdadera”, enfatizó el Ministro Hugo Aguilar Ortiz, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante la conmemoración del 109 Aniversario de la Constitución de 1917 en el Teatro de la República, en Querétaro, Querétaro. Subrayó que el Poder Judicial vive una etapa de reconciliación y esperanza, guiada por principios democráticos que fortalecen la vocación social y pluricultural del texto constitucional.
Ante la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, representantes de los poderes federales, el gobierno de Querétaro y la integración del Pleno de la Suprema Corte, el Ministro Presidente destacó tres reformas centrales: los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos; la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; y la reforma judicial. Sostuvo que estos cambios reconocen nuevos sujetos de derecho público, impulsan una igualdad material y fortalecen la legitimidad social de quienes integran el Poder Judicial, al consolidar un modelo más cercano, transparente e independiente, comprometido con una justicia con el pueblo.
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En el marco del Día Internacional de la Justicia Social, se presentó el libro “Comentarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, coordinado por la Ministra Loretta Ortiz Ahlf y Víctor Manuel Miranda Leyva. La obra analiza la CADH a partir de sus estándares interpretativos y su vínculo con el derecho mexicano, destacando su papel para fortalecer la igualdad sustantiva, la dignidad humana y el acceso a la justicia. Las personas integrantes del panel destacaron la relevancia de la Convención como una herramienta útil en la construcción de sociedades más justas e incluyentes.
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“El mejor antídoto que puede existir para la desinformación es la información. Es explicar de manera didáctica el cómo funciona nuestro sistema electoral, porque solo en la medida en que lo entendamos, podremos juzgar de manera adecuada”, señaló el Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García en la presentación del libro “Entre la Constitución y la campaña mediática”. La obra publicada por el TEPJF analiza cómo voces influyentes crearon una narrativa crítica sobre la sobrerrepresentación parlamentaria en México, cuestionando la sentencia electoral SUP-REC-3505/2024.
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La SCJN validó la norma que limita el incremento de rentas en la Ciudad de México; no podrá haber aumentos en un porcentaje mayor a la inflación. Además, se determinó que el Registro Digital de Contratos sólo deberá recabar los datos estrictamente necesarios (monto e incremento convenido, colonia y calle).
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La Suprema Corte declaró inconstitucional una disposición del Código Penal para el estado de Sinaloa que permitía sustituir la voluntad de una persona gestante por la de una tercera persona para acceder a la interrupción del embarazo.
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El Pleno de la Suprema Corte determinó que no procede reponer el procedimiento en los casos en los que hay niñas, niños o adolescentes víctimas de abuso sexual con el propósito de interrogarlos de nueva cuenta, ya que eso genera revictimización y vulnera el interés superior de la niuñez.
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Conoce algunos de los más relevantes precedentes, tesis jurisprudenciales y aisladas, publicadas este mes en el Semanario Judicial de la Federación |
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