Responsabilidades Administrativas

Año Expediente Fecha de Resolución Sentido de la Resolución Engrose
2024 34 PRIMERO. ***** es responsable de las faltas administrativas previstas en: A) el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (vigente en la época de los hechos), en relación con el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativa y los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de dicha Ley General, así como en el artículo 110, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno), en relación con: B) el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativa y los artículos 32 y 33, fracción III, del mismo ordenamiento legal, y C) el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativa y los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la Ley General en cita.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la época de los hechos y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el considerando Séptimo de la presente resolución.
TERCERO. Se impone al servidor público ***** la sanción consistente en *****, por la falta prevista en el artículo 49, fracción IV, en relación con la obligación señalada en el artículo 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en términos del artículo ***** de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno, acorde con lo expuesto en el considerando Octavo de la presente resolución, la cual se ejecutará conforme a lo establecido en su parte final.
CUARTO. Se impone a el servidor público ***** la sanción consistente en *****, por la falta prevista en el artículo 49, fracción IV, en relación con la obligación señalada en el artículo 33, fracción I, inciso b), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y artículo ***** de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno, acorde con lo expuesto en el último considerando de la presente resolución, la cual se ejecutará conforme a lo establecido en su parte final.
2024 25 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), de la citada ley y en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2024 18 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente a la fecha de los hechos y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2024 1 PRIMERO. ***** es responsable de las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32 y 33 fracciones I, inciso b) y III, de la citada ley, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos, en relación con el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el considerando Séptimo de la presente resolución.
2023 50 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos de los considerandos Sexto y Séptimo de la presente resolución.
SEGUNDO. Se impone a la servidora pública ***** la sanción consistente en *****, misma que deberá ser ejecutada conforme a lo dispuesto en *****.
TERCERO. Remítase copia certificada a la Dirección General de Recursos Humanos para los efectos señalados en el último considerando de la presente resolución.
2023 47 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos, en relación con el artículo 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ya que no cumplió con la obligación impuesta por los artículos 32 y 33, fracción III, de dicha Ley General, en términos de los considerandos Sexto y Séptimo de la presente resolución.
SEGUNDO. Se impone a la servidora pública ***** , misma que deberá ser ejecutada conforme a lo dispuesto en *****.
TERCERO. Remítase copia certificada a la Dirección General de Recursos Humanos para los efectos señalados en el último considerando de la presente resolución.
2023 45 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32, 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos de los considerandos Sexto y Séptimo de la presente resolución.
SEGUNDO. Se impone a la servidora pública ***** la sanción consistente en *****, misma que deberá ser ejecutada conforme a lo dispuesto en *****.
TERCERO. Remítase copia certificada a la Dirección General de Recursos Humanos para los efectos señalados en el último considerando de la presente resolución.
2023 38 PRIMERO. ***** es responsable de las faltas administrativas previstas en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la época de los hechos, en relación con el 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por incumplimiento de los diversos 32, 33, fracciones I, inciso a), III, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. Se impone a la servidora pública ***** la sanción consistente en ***** en términos de los artículos ***** de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y ***** de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por lo que se refiere a la falta prevista en el artículo 131, fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por el incumplimiento de los artículos 32, 33, fracción I, inciso a) de dicho cuerpo normativo, acorde con lo expuesto en el último considerando de la presente resolución, la cual se ejecutará conforme a lo establecido en su parte final. TERCERO. Se impone a la servidora pública ***** la sanción consistente en *****, misma que deberá ser ejecutada conforme a lo dispuesto en el artículo ***** de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con el artículo ***** del Acuerdo General Plenario 9/2005, respecto de la falta prevista en el artículo 131, fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas por el incumplimiento de los artículos 32 y 33, fracción III, de la referida Ley General acorde con lo expuesto en el último considerando de la presente resolución.
2023 33 PRIMERO. No se demostró la existencia de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, imputada a *****, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. En consecuencia, se absuelve a ***** respecto de la falta administrativa que se leimputó en el presente procedimiento de responsabilidad.
2023 29 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la época de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. Se impone a la servidora pública ***** la sanción consistente en *****, misma que deberá ser ejecutada conforme a lo dispuesto en *****.
TERCERO. Remítase copia certificada a la Dirección General de Recursos Humanos para los efectos señalados en el último considerando de la presente resolución.
2023 27 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la referida Ley General, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 26 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), de la citada ley y en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 23 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con el diverso 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por incumplimiento de la obligación prevista en los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de dicha norma, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso b), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 21 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción III, todos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 18 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 17 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente en la fecha de los hechos, y 49, fracción IV, en relación con los artículos 32 y 33, fracción I, inciso a), de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 10 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso b), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción a la servidora pública ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los artículos 32, 33, fracción I, inciso b), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2023 9 PORIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en términos del considerando Sexto de la presente resolución.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por su responsabilidad en la falta administrativa prevista en el artículo 131, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente a la fecha de los hechos, en relación con la falta prevista en los artículos 32, 33, fracción I, inciso a), y 49, fracción IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en atención al beneficio legal establecido en el artículo 101, fracción II, de la misma Ley General, conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2022 9 PRIMERO. ***** es responsable de la falta administrativa prevista en los artículos 7, fracciones I y VIII y 49, fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
SEGUNDO. No se impone sanción al servidor público ***** por la causa de responsabilidad administrativa materia del presente procedimiento, en atención al beneficio legal acreditado conforme a lo señalado en el último considerando de la presente resolución.
2022 8 PRIMERO. No se demostró la existencia de las faltas administrativas previstas en el artículo 110, fracción XVI, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los artículos 49, fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, imputadas a ***** y a *****. SEGUNDO. En consecuencia, no existe responsabilidad de ***** y ***** respecto de las faltas administrativas que se les imputaron en el presente procedimiento de responsabilidad.

Ficha de actualización, Responsabilidades administrativas, artículos sesenta y cinco, fracción decimoséptima de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

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