Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos:
Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 569/2013
Tema
Derecho a vivir una vida libre de violencia
Sinópsis
Un juez negó el amparo a una persona acusada por el delito de violencia familiar en contra de su esposa y sus dos menores hijos, impidiéndole comunicarse, acercarse y convivir con los menores, a fin de proteger, asegurar y garantizar la vida e integridad personal de las víctimas.
La Primera Sala resolvió que las medidas cautelares que se le impuso al padre que ejerció violencia familiar para no comunicarse, acercarse ni convivir con sus hijos son constitucionales y no violan los derechos de igualdad y no discriminación, pues aseguran y garantizan la vida e integridad personal de los menores, además de que ésta justificada la especial protección otorgada a un sector históricamente desprotegido/vulnerable precisamente al fenómeno de violencia como lo son las mujeres, en su calidad de “víctimas directas”.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 4474/2013
Tema
Interés superior de la infancia
Sinópsis
En el presente caso se estudió la pertinencia de configurar conexidad de asuntos de juicios en los que es necesario atender el interés superior del menor.
La Primera Sala resolvió que, a efecto de salvaguardar el interés superior del menor, se tiene que atender a todas las circunstancias y hechos que se relacionen en un juicio, ya sea que formen parte de la litis o vayan surgiendo durante el procedimiento, por tanto, los juicios que involucren guarda y custodia de menores, deberán ser acumulados de oficio. La conexidad se refiere a los juicios que se encuentren vinculados entre sí y deben ser sometidos al conocimiento de un único juez, no sólo por economía procesal, sino porque la tramitación aislada y separada de cada uno de ellos no resulta conveniente, además esto evita tener sentencias contradictorias.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 1321/2013
Tema
Derecho a la identidad
Sinópsis
Un padre de familia demandó que se decretara que dos de los tres hijos que nacieron dentro de su matrimonio no eran suyos. El juez de conocimiento ordenó de oficio el desahogo de la prueba en genética molecular aplicada tanto a los menores como al padre, misma que concluyó en su informe que el actor no era el padre biológico de dichos menores. La madre de los menores se inconformó pues el desahogo de la prueba se había realizado de forma extemporánea. Un tribunal consideró inadecuada la incorporación de la prueba genética por ser parte de la carga procesal que le correspondía al actor para acreditar sus pretensiones, y a pesar de que el juzgador de origen haya ordenado oficiosamente el desahogo de la misma, esto no eximía al interesado de estar al pendiente de que el desahogo de dicho medio de convicción transcurriera en el plazo establecido por la ley.
La Primera Sala resolvió que el interés superior de los menores no pueda circunscribirse al conocimiento del vínculo biológico con sus padres, sino que involucra una pluralidad de derechos y valores entre los que se encuentran la preservación de su identidad y relaciones familiares. No existe justificación válida para reducir la paternidad a una concordancia genética, de ser así, se demeritaría la función afectiva y social de un padre. Así, se determinó que un juez no está obligado a desahogar oficiosamente la prueba pericial en materia genética en los juicios de desconocimiento de paternidad, a diferencia de una acción de reconocimiento de paternidad en la que el juez sí debe recabar dicha información de oficio para darle plena efectividad al derecho a la identidad del menor involucrado.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 583/2013
Tema
Interés superior de la infancia
Sinópsis
A un padre se le declaró penalmente responsable de sustracción de menores y se le impuso una pena de más de dos años de prisión por llevarse a su hijo de la escuela y no volverlo a presentar. Meses antes, el hombre se había divorciado, acordado que la madre tendría la guarda y custodia y que se le permitiría ver a los hijos en el momento que lo solicitara, pero avisando a la mamá con al menos 24 horas de anticipación. Cuando se llevó a su hijo no dio aviso y se le declaró penalmente responsable por transgredir el régimen de convivencia pactado con su ex mujer. Inconforme impugnó la constitucionalidad de esta condena.
La Primera Sala determinó que comete el delito de sustracción de menores el padre que no tenga la guarda y custodia y sustraiga al niño de su ambiente habitual, porque quebranta el régimen de convivencia establecido como resultado de la separación de los padres.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 2076/2012
Tema
Interés superior de la infancia
Sinópsis
Una madre demandó el reconocimiento de la paternidad de su menor hija, mientras que el padre alegó que la suplencia de la deficiencia de la queja efectuada por el juez competente, en atención al interés superior referido, afecta la igualdad procesal de las partes.
La Primera Sala resolvió que en un juicio donde estén involucrados menores, el derecho de los adultos no podrá, en ningún momento, ni bajo ninguna circunstancia, condicionar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Lo anterior se debe a que en el sistema jurídico mexicano el concepto de interés superior de la niñez implica que, en todo momento, las políticas, acciones y toma de decisiones en esta etapa de la vida humana, tendrán que realizarse de modo tal que, en primer término, se busque el beneficio directo del niño o niña a quien van dirigidas. El Estado tiene el deber de salvaguardar el derecho de la menor, quien viene representada por su progenitora, a vivir en condiciones que permitan su crecimiento sano y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, moral y social, pues los derechos de la menor de obtener alimento y llevar un régimen de convivencia con su progenitor, son aspectos que únicamente se generan en beneficio de ella y no de su madre que la representa.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 2479/2012
Tema
Derecho al debido proceso
Sinópsis
El padre de una menor demandó la convivencia y posesión interina de su menor hija, quien se encontraba bajo la custodia de su madre. La sentencia decretó la pérdida de la patria potestad del padre sin la subsistencia del régimen de convivencia. El padre interpuso un amparo reclamando la violación a su derecho a conservar la patria potestad y el tribunal de conocimiento ordenó que se escuchara a la menor con respecto a la cuestión planteada.
La Primera Sala determinó que es derecho de los niños el participar en los asuntos que puedan afectar su esfera jurídica, distinguiéndose entre el derecho a participar en los procedimientos jurisdiccionales y no solamente el de ser escuchados. Se estableció que este derecho tiene una relevancia dual, pues constituye un derecho autónomo y además, se erige como garantía de otros derechos fundamentales, entre los que destacan las garantías esenciales del procedimiento. El derecho a participar se relaciona con el principio de igualdad y con el interés superior de la infancia pues se busca brindar al menor de edad una protección adicional que permita que su actuación dentro de aquellos procedimientos jurisdiccionales que puedan afectar sus intereses transcurra sin las desventajas que resultan inherentes a su condición especial. La garantía del derecho a participar logra el efectivo ejercicio de los derechos de las niñas y niños al reconocerlos como sujetos de derecho.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 2931/2012
Tema
Derecho a vivir en familia
Sinópsis
El padre de una menor demandó a la madre de esta última, la fijación de un régimen de visitas y convivencia con su menor hija. En el juicio, la demandada notificó su cambio de residencia para realizar una maestría. La juez ordenó un régimen de visitas en forma alternada, sin embargo, el padre interpuso un recurso que logró modificar el fallo para ordenar las visitas en esta ciudad. La madre interpuso amparo pero el tribunal se lo negó.
La Primera Sala determinó prevalecer el derecho de la menor a convivir con su padre, ante las circunstancias particulares del caso, donde existía peligro de que el derecho de la niña a convivir con su padre no se ejerciera, ya que durante el juicio, la madre que tiene la custodia de la niña, había obstaculizado la realización de las convivencias entre padre e hija. En tal situación, lo primero que debe hacerse es buscar una conciliación entre ambos derechos, de no ser posible, debe prevalecer el derecho del menor.
Datos de la Sentencia:
Amparo Directo en Revisión 348/2012
Tema
Interés superior de la infancia
Sinópsis
Este asunto versa sobre si el abandono de un menor de edad puede ser una causal para decretar la pérdida de la patria potestad.
La Primera Sala resolvió que, la privación de la patria potestad se justifica por el incumplimiento grave de los deberes inherentes a la misma ya que lo que importa es el bien de los hijos, cuyo interés es el único y exclusivo fundamento de la función en la que se configura la patria potestad. Las autoridades jurisdiccionales, al analizar un caso de estos, deben interpretar el término "abandono" no sólo en su acepción más estricta (dejar desamparado a un hijo), sino también en la amplia (incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, incluso en el caso de que las necesidades del menor queden cubiertas por la intervención de otras personas). Además, se deberá analizar las causas del abandono, la edad del menor, su madurez y autonomía, ya que en aquellos supuestos en los que el abandono se realice al momento mismo del nacimiento, resulta patente el radical desinterés de los progenitores respecto del menor.
Datos de la Sentencia:
Contradicción de Tesis 496/2012
Tema
Interés superior de la infancia
Sinópsis
La Primera Sala resolvió en un juicio sobre paternidad que la figura procesal de cosa juzgada puede ser modificada en aras del interés superior del menor. Así lo estableció al resolver la contradicción entre dos tribunales que estaban en desacuerdo sobre la definitividad de la cosa juzgada en razón de que en un juicio no se había desahogado una prueba pericial en la que el presunto padre se había negado a hacerse la prueba de ADN correspondiente. Los tribunales habían emitido criterios contradictorios sobre la posibilidad de omitir el desahogo de dicha prueba, aun cuando ya se había dictado sentencia.
Datos de la Sentencia:
Contradicción de Tesis 39/2012
Tema
Derecho al debido proceso
Sinópsis
Los criterios de dos tesis se encontraron en conflicto al estudiar la existencia de la suplencia de la queja en juicios de divorcio que involucren niñas, niños y adolescentes.
La Primera Sala resolvió que debe existir suplencia de la queja en juicios de divorcio que involucren niñas, niños y adolescentes por principio de interés superior de la niñez. Lo anterior, pues tal suplencia de la queja tiene como fin la protección del orden y desarrollo de la familia, institución entendida como una entidad, base natural y fundamental de la organización social y, por ello, el Estado debe tener el interés de protegerla.