Procedimientos de Responsabilidad Administrativa

Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial

Expediente Autoridad Emisora Fecha del acuerdo Acuerdo que se notifica
SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 02/12/2024

Ténganse por recibidos los documentos consistentes en el acta en la que consta que se llevó a cabo la medición de los conceptos que integran la estimación ordinaria ahí señalada, así como el escrito de la empresa promovente con la que adjunta una memoria de USB y la razón instrumentada por la persona encargada del trámite de este procedimiento de conciliación, en la que se hizo constar el contenido de dicha memoria.
Se tiene por hecha la medición que se ordenó en acuerdo de once de octubre de dos mil veinticuatro, conforme lo señalado en el acta de cuenta, se tiene por señalado el nuevo domicilio de la empresa promovente y se deja sin efectos el domicilio que se tuvo por señalado en acuerdo de tres de mayo de dos mil veinticuatro, se señala fecha para la continuación de la audiencia de conciliación. 

SCJN-DGRARP-INC. 1/2024 Contraloría 21/11/2024

Visto el estado procesal que guardan los autos del recurso de inconformidad, Por tanto, con fundamento en el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en materia de inconformidades, se regulariza este procedimiento, para el único efecto de aclarar que la fecha en que se emitió el acuerdo en el que se tiene por no presentado el recurso de inconformidad, es el quince de noviembre de dos mil veinticuatro, y que en el rotulón correspondiente a su publicación se cite la fecha correcta, ya que aún no ha sido publicado.

SCJN-DGRARP-INC. 1/2024 Contraloría 15/11/2024

Ténganse por recibida la razón de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, en la que se hace contar que no se ha recibido algún escrito de la promovente, con el que se desahogara la prevención que se realizó en acuerdo de veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, así como el oficio del Titular de la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el que informa que no se ha recibido algún escrito relacionado con esta inconformidad; en base a su contenido se hace efectivo el apercibimiento decretado en acuerdo de veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, por lo que se tiene por no presentado el recurso de inconformidad.

CSCJN-DGRARP-CONC. 1/2019 Contraloría 13/11/2024

Téngase por recibido el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física,en base a su contenido se autoriza expedir copia certificada
electrónica de las constancias que integran el expediente de la
conciliación SCJN-DGRARP-CONC. 1/2019, integrado por el tomo
principal y tres cuadernos de pruebas, las cuales se  entregarán a dicha dirección general en un dispositivo
electrónico

 

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 16/10/2024

Visto el estado que guardan los autos del procedimiento de conciliación se autoriza a para intervenir en las actuaciones de esta conciliación y se ratifica la autorización otorgada.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 11/10/2024

Téngase por recibida el acta de veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro, relativa a la segunda sesión de la audiencia de la conciliación.                                                                               Vista el acta de cuenta, toda vez que en la citada sesión de la audiencia celebrada, las partes acordaron acudir a las instalaciones de la obra, para llevar a cabo la medición correspondiente a los conceptos que integran la estimación 15 ordinaria, por tal motivo se se señala día y hora, para llevar a cabo la referida medición.

Cuaderno Varios de Impedimentos para Contratar/2024 Contraloría 26/09/2024

Se reciben los oficios TEPJF-CAAPSOP-097-2024, TEPJF-CAAPSOP-098-2024, TEPJF-CAAPSOP-099-2024 y TEPJF-CAAPSOP-100-2024, de la Secretaría Técnica del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obra Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con los que respectivamente se informa un impedimento decretado por dicho Comité para solicitar, invitar, inscribir y recibir propuestas o celebrar contratos públicos, por el plazo de tres meses, los cuales han quedado firmes y a cada oficio se adjunta el oficio con el que se informó al Secretario Técnico de ese Comité la fecha en que comenzó el referido impedimento.

Se ordena acusar recibo por oficio que se envié por correo electrónico e informar este acuerdo a la Dirección General de Infraestructura Física y a la Dirección General de Auditoría.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 23/08/2024

Con fundamento en el segundo párrafo del 
artículo 206, del Acuerdo General de Administración XIV/20191, se señalan las diez horas del veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro, para la continuación de la audiencia de conciliación.

SCJN-DGRARP-INC. 1/2024 Contraloría 23/08/2024

Se tiene por recibido el escrito de la inconforme; en base a su contenido se le requiere  para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, cumpla con los requisitos previstos en los artículos 198, 199 y 200, del Acuerdo General de Administración 
XIV/2019, se apercibe a la promovente que de no cumplir con lo requerido en el plazo concedido, se tendrá por no presentado su recurso de inconformidad.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 08/08/2024

Ténganse por recibidos el escrito de la empresa contratista y el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física; vistos los documentos de cuenta, se acuerda:                                                                                                                       1.Como lo solicita el representante legal de la empresa contratista, se autoriza entregarle copia electrónica de las constancias exhibidas por la Dirección General de Infraestructura Física, recibidas en acuerdo de cuatro de junio de dos mil veinticuatro, previa cita.
2. Del análisis de los conceptos citados en la tabla contenida en el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física, en relación con el contenido de las estimaciones exhibidas por la empresa contratista, se advierte que existe discrepancia entre los puntos de las estimaciones “02 extraordinaria” y “15 ordinaria”, por lo que no pueden ser considerados como aquellos sobre los cuales la citada dirección general tiene voluntad de conciliar con la empresa, no obstante, durante la audiencia, esa dirección general podrá señalar, de manera precisa, los conceptos sobre los que quiere conciliar.
No se puede tomar en consideración lo señalado en el oficio de la citada dirección general, en cuanto a que por una parte refrenda su voluntad de conciliar, pero la condiciona a que la empresa aporte los elementos fidedignos de las estimaciones, es necesario que considere que la voluntad de conciliar debe ser lisa y llana y, en caso de existir una razón jurídica o de facto que le impida llegar a una conciliación con la promovente, debe señalarlo de manera expresa.
3. Se señalan las diez horas del quince de agosto de dos mil veinticuatro, para la celebración de la audiencia de conciliación.
4. Requiérase a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, al que se adjunte el oficio de cuenta y el recibido en acuerdo de catorce de junio del año en curso para que, en ejercicio de sus atribuciones, a más tardar durante la audiencia de conciliación, se sirva emitir opinión sobre la procedencia de la materia de la presente conciliación.