Procedimientos de Responsabilidad Administrativa

Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial

Expediente Autoridad Emisora Fecha del acuerdo Acuerdo que se notifica
SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 23/08/2024

Con fundamento en el segundo párrafo del 
artículo 206, del Acuerdo General de Administración XIV/20191, se señalan las diez horas del veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro, para la continuación de la audiencia de conciliación.

SCJN-DGRARP-INC. 1/2024 Contraloría 23/08/2024

Se tiene por recibido el escrito de la inconforme; en base a su contenido se le requiere  para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, cumpla con los requisitos previstos en los artículos 198, 199 y 200, del Acuerdo General de Administración 
XIV/2019, se apercibe a la promovente que de no cumplir con lo requerido en el plazo concedido, se tendrá por no presentado su recurso de inconformidad.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 08/08/2024

Ténganse por recibidos el escrito de la empresa contratista y el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física; vistos los documentos de cuenta, se acuerda:                                                                                                                       1.Como lo solicita el representante legal de la empresa contratista, se autoriza entregarle copia electrónica de las constancias exhibidas por la Dirección General de Infraestructura Física, recibidas en acuerdo de cuatro de junio de dos mil veinticuatro, previa cita.
2. Del análisis de los conceptos citados en la tabla contenida en el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física, en relación con el contenido de las estimaciones exhibidas por la empresa contratista, se advierte que existe discrepancia entre los puntos de las estimaciones “02 extraordinaria” y “15 ordinaria”, por lo que no pueden ser considerados como aquellos sobre los cuales la citada dirección general tiene voluntad de conciliar con la empresa, no obstante, durante la audiencia, esa dirección general podrá señalar, de manera precisa, los conceptos sobre los que quiere conciliar.
No se puede tomar en consideración lo señalado en el oficio de la citada dirección general, en cuanto a que por una parte refrenda su voluntad de conciliar, pero la condiciona a que la empresa aporte los elementos fidedignos de las estimaciones, es necesario que considere que la voluntad de conciliar debe ser lisa y llana y, en caso de existir una razón jurídica o de facto que le impida llegar a una conciliación con la promovente, debe señalarlo de manera expresa.
3. Se señalan las diez horas del quince de agosto de dos mil veinticuatro, para la celebración de la audiencia de conciliación.
4. Requiérase a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, al que se adjunte el oficio de cuenta y el recibido en acuerdo de catorce de junio del año en curso para que, en ejercicio de sus atribuciones, a más tardar durante la audiencia de conciliación, se sirva emitir opinión sobre la procedencia de la materia de la presente conciliación. 

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 14/06/2024

Téngase por recibido el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física, en base a su contenido se tiene por desahogado parcialmente el requerimiento en acuerdo de veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro, si bien es cierto que manifiesta su voluntad de conciliar, también es cierto que al referirse a los aspectos que tienen voluntad de conciliar, no los relaciona de manera directa con aquellos que propuso la empresa promovente, es decir, con las estimaciones extraordinaria 2, excedente 3 y ordinaria 15.
    Se le requiere, para que en el plazo de tres días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del presente proveído, identifique a qué aspecto de los señalados como materia de la presente conciliación corresponde a cada uno de los trabajos o conceptos que señala en el oficio de cuenta como aquellos sobre los cuales está dispuesta a conciliar, para lo cual, es indispensable que precise si dichos conceptos o trabajos están vinculado con alguno de los resultados de las auditorías practicadas por la Dirección General de Auditoría o por la Auditoría Superior de la Federación sobre dicho contrato.
    Se tiene por recibida la copia certificada electrónica del expediente del contrato de obra pública.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 30/05/2024

Téngase por recibido el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física con el que solicita prórroga, en base a su contenido, se concede una prórroga de tres días hábiles adicionales al plazo que le fue otorgado en acuerdo de veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro, en el entendido de que dicho plazo correrá a partir del día hábil siguiente al en que fenece el plazo inicialmente concedido.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 23/05/2024

Ténganse por recibidos el oficio de la Dirección General de Infraestructura Física y el escrito del representante legal de la empresa promovente; en base a su contenido, se tiene a la Dirección General de Infraestructura Física rindiendo el informe requerido en el acuerdo de admisión; sin embargo, no remitió la copia certificada del expediente del contrato y de sus convenios modificatorios, como se le requirió, y toda vez que no se tiene certeza sobre la posición de dicha área para llevar a cabo o no la conciliación solicitada, se deja sin efectos la audiencia de conciliación señalada para el veinticuatro de mayo en curso, se requiere a la Dirección General de Infraestructura Física, para que en el plazo de tres días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del presente proveído, manifieste de manera expresa, su voluntad y si estará en posibilidad de llegar o no a una conciliación con dicha empresa; en el plazo señalado, deberá remitir la copia certificada del expediente del contrato y convenios modificatorios sobre el que versa la conciliación, o bien, señale si los documentos que pone a disposición son los únicos que integran el citado expediente.
Se tiene por señaladas a las tres personas que designa la Dirección General de Infra estructura Física, así como a las designadas por el representante legal de la empresa promovente.
 

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 17/05/2024

Ténganse por recibidos los oficios de la Oficial 
Mayor y Presidenta del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, así como del Director General de Asuntos Jurídicos; en base a su contenido, se les tiene desigando representantes quienes podrán intervenir en el presente procedimiento de 
conciliación, incluida la audiencia.

SCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 03/05/2024

Téngase por recibido el escrito del promovente, en base a su contenido:                                                    Se tiene por acreditada la personalidad del promovente como representante legal de la empresa.
Con apoyo en el primer párrafo, del artículo 206, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, se admite a trámite la solicitud de conciliación
Requiérase a la Dirección General de Infraestructura Física para en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de este acuerdo, rinda un informe por escrito, en el que se pronuncie, de manera puntual y específica, respecto de cada uno de los hechos que narra el promovente y los puntos sobre los que pretende conciliar, señalando, en su caso, los documentos en que se sustenten las manifestaciones que haga valer en atención a la conciliación solicitada.
Notifíquese a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que en la esfera de sus atribuciones participe en todas las diligencias relativas a la audiencia de conciliación de este procedimiento de conciliación.
Notifíquese al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, por conducto de su Secretaría de Seguimiento, por ser el órgano que autorizó la contratación materia de esta conciliación.
Se señalan las diez horas del veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, para la celebración de la audiencia de conciliación.
 

CSCJN-DGRARP-CONC. 1/2024 Contraloría 12/03/2024

Téngase por recibido el escrito de quien se ostenta como representante legal de Comercializadora Internacional de Materiales y Servicios de Construcción, Sociedad Anónima de Capital Variable, se le requiere para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al día hábil en que surta efectos la notificación del presente proveído, cumpla con los requisitos previstos en el artículo 205 de dicho Acuerdo, específicamente:

•    Adjunte el documento en original o en copia certificada que acredite su personalidad o en el que le fue reconocida.
•    Precise, de manera pormenorizada, cuáles son los hechos en que se sustenta su solicitud de conciliación.
•    Señale de manera precisa, cuáles son los puntos de controversia que pretende conciliar, así como la propuesta que tiene respecto de cada uno de ellos.
•    Aclare a qué se refiere y, en su caso, cuál es la propuesta que tiene para lograr la conciliación sobre formalizar el acta de finiquito y del cierre administrativo del contrato.
•    Presente copia certificada o los documentos originales en que se sustenten sus pretensiones en el procedimiento de conciliación que promueve.
Con fundamento en el artículo 205, penúltimo párrafo, del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en materia de conciliaciones, se le apercibe que, de no cumplir con lo requerido en el plazo concedido, se tendrá por no presentada su promoción. 
Mediante oficio notifíquese personalmente al promovente en el domicilio que aparece en el membrete de la hoja del escrito de cuenta.

Cuaderno Varios de Impedimentos para Contratar/2023 Contraloría 19/01/2024

Se reciben los oficios TEPJF-CAAPSOP-267-2023 y TEPJF-CAAPSOP-268-2023, de la Secretaría Técnica del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obra Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con los que se informan dos impedimento decretados por dicho Comité para solicitar, invitar, inscribir y recibir propuestas o celebrar contratos públicos, los cuales han quedado firmes y se precisa la fecha en que inició cada uno.